El tribunal oral criminal nro. 8 del fuero Nacional dispuso la absolución de nuestro defendido tras haber arribado a la certeza negativa respecto de la ocurrencia del hecho denunciado.
Se le imputó el haber abusado sexualmente de su hijo en reiteradas ocasiones.
Por esta denuncia, hace ya más de 3 años que no tiene contacto con su hijo. Pese a la contundencia del fallo la querella, en solitario ha interpuesto recurso de casación cuya inadmisibilidad hemos solicitado.
El fallo absolutorio resulta de una enorme importancia por cuanto da cuenta de las irregularidades llevadas a cabo por la perito psicóloga de la parte querellante.
Ninguna duda albergamos respecto a que nos encontramos transitando el camino hacia un punto de equilibrio, tras la respuesta exacerbada del Estado en investigaciones sobre delitos sexuales que, tiempo atrás, no eran debidamente atendidas.
La Justicia debe precaverse de la instrumentalización de los niños para obtener otros fines. Condenar en estos casos, será siempre, Derecho Penal Simbólico.
